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01

Descentralización

Chile debe asumirse como un Estado unitario descentralizado. Necesitamos una ocupación inteligente de nuestro territorio que provea a las familias oportunidades similares de crecer y desarrollarse. Debemos distribuir el poder hacia las comunas y regiones, para que sus autoridades puedan resolver localmente sus necesidades. Asimismo, hay que considerar que parte de los impuestos que pagan las empresas queden en las comunas y regiones donde realizan su actividad productiva, para aportar decidídamente al financiamiento de una mejor calidad de vida.

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Necesitamos conectar nuestras comunas vial, aérea y marítimamente para facilitar el desplazamiento de personas y bienes, creando riqueza en todo el territorio nacional. Requerimos la gran interconexión tecnológica para que tod@s puedan usar las nuevas tecnologías para trabajar, estudiar y aprender. Debemos repensar el sistema de asignación de recursos a las comunas y darle mayor ponderación a la pobreza de sus familias. Ud dirá, pero ¿qué tiene que ver esto con la Constitución? Mucho, porque si en la Constitución fijamos el principio de la descentralización como elemento relevante, todos los gobiernos y legisladores que vengan estarán obligados a considerar la descentralización en toda ley, plan o programa. Esa es la fiuerza que tiene una Constitución.

02

Derecho a la educación

La educación es la principal herramienta de movilidad social y garantía de paz social. Lamentablemente, la educación pública sigue siendo el pariente pobre del sistema de educación. El Estado debe garantizar, no sólo formalmente que todos los niños y niñas tengan acceso a educación; sino que sea de buena calidad y les permita acceder a la educación superior o aprender un oficio para el nuevo orden laboral del mundo tecnológico. La educación pública de calidad debe ser un derecho donde la capacidad económica de los padres o apoderados no sea un osbtáculo de mediar talento y esfuerzo. La Constitución debe garantizar el financiamiento adecuado de la educación pública y quienes puedan pagar y quieran optar por la educación privada lo hagan pero a su costo.

03

Derecho a la Salud

La pandemia nos dejó una gran lección: el sistema de salud pública sigue siendo el de mayor masividad y que, puesto en tensión, responde adecuadamente. Por ello es que debemos ser capaces de instalar en la Constitución, no sólo el derecho de acceso a la salud, sino que incorporar elementos cuantitativos obliguen a gobernantes (independiente del color político) a garantizar su oportunidad y calidad. Además. debemos asegurar el financiamiento adecuado con criterios de eficacia, eficiencia, rentabilidad social y pertinencia intercultural.

04

Derecho aL AGUA

Si bien hoy la ley reconoce al agua como un bien nacional de uso público, ello no ha sido suficiente para garatizar el acceso a este recurso básico para la humanidad en nuestro país. Por ello, se requiere elevarlo a rango constitucional para que las reformas legales que se hagan consideren de manera obligatoria tal condición y, por tanto, se pueda terminar con su acumulación sin uso, especulación y la venta de derechos de agua, que han sido entregados gratuitamente por el Estado.

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No se trata de quitarle el agua a quien la usa, sino de hacer un uso eficiente de un recurso escaso que pertenece a todos los chilenos y asi, quien tiene el derecho pero no lo usa en un período de tiempo, debería devolverlo y así reasignarlo a quien lo requiera, sea para consumo humano o para actividad productiva.

Esto es muy relevante, ya que evidentemente Chile se está secando y con ello nuestros suelos aumentan su degradación y desertificación lo que deberá motivar al Estado a impulsar el desarrollo de la desalinización como forma de proveer de agua, frenar la desertificación y aumentar la superficie de agua potable. Así entonces, contar con un texto constitucional que garantice el acceso a este elemento básico será muy relevante ya que las leyes que se aprueben o los planes y programas que un gobierno pretenda implementar, no podrían ser contrarias al texto de la constitución.

05

Derecho a la Seguridad social

La Organización Internacional del Trabajo define a la Seguridad Social, como "la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente del trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos".

 

Hoy Chile posee un sistema evidentemente insuficiente para cubrir adecuadamente las pensiones de sus jubilados por lo que debemos repensarlo, orientando los esfuerzos hacia un sistema con mayor nivel de solidaridad, ya que las bajas remuneraciones, la informalidad y la corta etapa de cotización atentan contra una acumulación de fondos suficiente para garantizar una pensión con tasas de retorno entre el 70% y 80%. Es evidente que una Constitución no definirá el sistema de pensiones; pero si debe establecer los principios rectores del mismo, y luego los técnicos y gobernantes deberán diseñar un modelo que, cumpliendo con los parámetros establecidos en la Constitución, provea pensiones adecuadas a las personas que estén en condiciones de jubilar. El texto constitucional también debe fijar ciertos principios para la situación de invalidez y discapacidad, ya que de igual forma resultan insuficientes para su manutención.

06

Derecho del consumidor

¿Sabías que en el congreso aprobamos por amplia mayoría una ley que le daba al Sernac las atribuciones para perseguir los abusos? Así fue, y lamentablemente el Tribunal Constitucional le quitó los dientes a esa ley diciendo que era “inconstitucional”. Por ello, es clave que sea la Constitución la que consagre el derecho de los consumidores y, por tanto, toda ley esté obligada a respetarlo y ninguna institución pueda sentirse por sobre ella.

07

Derecho a la seguridad

La seguridad es un derecho humano consignado en la Declaración Universal de Derechos Humanos de Naciones Unidas, consagrado en: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.

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Nuestra Constitución nada dice al respecto y debería considerarlo dentro del catálogo de Derechos Fundamentales y orientar a las instituciones responsables a la conformación de un “sistema de seguridad” que termine con el compra huevos donde unos se culpan con otros y al final el perjudicado es la víctima y la sociedad que vive con miedo.

08

Chile Sustentable

La vida no es posible ni sustentable sin la debida protección del medio ambiente. Nuestra tierra, ríos, lagos, glaciares, oceános, la atmósfera y la capa de ozono, son bienes escasos y en serio riesgo de preservación. Por ello, constituye un imperativo ético transformar nuestro modelo de desarrollo en uno sustentable, que permita no sólo frenar el creciente deterioro del medio ambiente, sino intentar revertirlo para legar a las nuevas generaciones un país mas sustentable del que recibimos. Por ello, nuestra Constitución debe consignar como un principio inspirador de toda legislación, la preservación y mejoramiento del medio ambiente.

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Estudios de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile han determinado el derecho constitucional al medio ambiente sano como “un derecho fundamental” y abarca cinco elementos principales para abordar constitucionalmente el tema ambiental: (1) La existencia de un derecho al medio ambiente sano; (2) el deber correlativo de las personas y del Estado; (3) el desarrollo sostenible y su compromiso intergeneracional; (4) la consideración de la relación pueblos indígenas-medio ambiente; y, (5) la limitación a otros derechos. Para ello trabajaremos con expertas y expertos que nos ayudarán a conocer las mejores experiencias internacionales y la viabilidad de su consagración en Chile.

09

Chile república digital

El mundo cambió de switch. La era digital es una realidad y los estudiantes de hoy de seguro trabajarán en labores que hoy no conocemos. Ello por el desarrollo tecnológico de los últimos años. Chile debe digitalizar su Estado, su economía, su educación y la relación entre ciudadanos y autoridades. Para que ello sea gradual, obligatorio y una política de Estado, la Constitución debe consagrarnos como una República Democrática y Digital. Así, todas las leyes que se aprueben deberán consignar dicho principio, todo plan o programa deberá contener aspectos digitales, las inversiones deberán gradualmente conectar (iluminar) a todo el territorio, las mallas educacionales deberán incorporar estos nuevos elementos y así iremos transitando hacia nuestra digitalización como sociedad.

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